Nota de descargo: Por respeto intelectual los trabajos presentados por los
alumnos se reproducen antes de las correcciones
Eutanasia: “Frente
a frente con la muerte”
Alumna: Clara Elena Reijtman
I- PLANTEO DEL PROBLEMA
II- HIPOTESIS
III- OBJETIVOS
IV- METODOLOGIA
V- PRESENTACION
VI- CONCEPTOS
VII- LA MUERTE Y LA PRACTICA MEDICA
VIII- PRINCIPIOS BIOETICOS
IX- CONSENTIMIENO INFORMADO
X- CUIDADOS PALIATIVOS
XI- DIGNIDAD
XII- TESTAMENTOS EN VIDA
XIII- CODIGO INTERNACIONAL DE ETICA MEDICA
XIV- JURISPRUDENCIA
XV- LA RELIGIÓN DE POR MEDIO
XVI- CONCLUSION
XVII- BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA
I- PLANTEO DEL
PROBLEMA
¿Se
justifica mantener artificialmente la vida de un paciente terminal, sometiéndolo
a tratamientos inútiles, sin una esperanza razonable de recuperación?.
II- HIPOTESIS
Extender
artificialmente la vida de una persona y someterla a un "encarnizamiento
terapéutico", cuando no existe la posibilidad de modificar el pronóstico de la
enfermedad, atenta contra el derecho que toda persona tiene a vivir y a morir
dignamente.
III- OBJETIVOS
Lograr desentrañar el
debate en torno a las decisiones del final de la vida.
Comprobar si la
biotecnología afecta negativa o positivamente al enfermo terminal.
Identificar si el
enfermo terminal tiene derecho de decidir acerca de prácticas sobre su propio
cuerpo.
Diferenciar cuáles son
las opciones que el paciente terminal tiene en relación a una muerte digna.
Verificar la eficacia
de los cuidados paliativos sobre un enfermo terminal.
IV- METODOLOGIA
Para verificar o
refutar mi hipótesis realizaré los siguientes pasos:
Definir los conceptos
relacionados con la eutanasia.
Identificar cómo es la
práctica médica al final de la vida.
Averiguar si los
principios bioéticos nos brindan una solución al tema.
Definir el concepto de
"Dignidad" y su relación con la biotecnología y el derecho a una muerte digna.
Conocer la aplicación
de los cuidados paliativos.
Definir el "testamento
de vida".
Estudiar el Código
Internacional de Etica Médica.
Conocer la
jurisprudencia sobre el tema.
Analizar las posturas
y soluciones que brindan la Iglesia Católica y el Judaísmo en relación a este
tema.
V- PRESENTACION
Vivir
y morir no son conceptos antagónicos, sino que ambos se integran. El morir puede
ser considerado como un proceso, que se va cumpliendo a medida que vamos
viviendo, por eso digo que los conceptos se integran. La medicina siempre ha
tratado de prolongar la vida del hombre, evitando o alejando el instante de la
muerte lo más posible, a veces a cualquier costo, mediante el desarrollo de
técnicas de reanimación y de aparatos capaces de mantener artificialmente vivos
a pacientes por tiempo indeterminado. En los últimos años ha podido apreciarse
un cambio, ya no se busca sólo prolongar la vida, sino que se habla de vida
útil, de vida humana, lo que se intenta no es sólo ir sumando años, sino dar
calidad de vida a esos años, para lo cual se toman en cuenta los distintos
planos en los que se desenvuelve un ser humano, el físico, el psicológico, el
moral, el espiritual.
Es necesario tener
presente cuál es el objetivo, en que se va a centrar la atención del
profesional, si éste pone el acento en la lucha contra la enfermedad,
indudablemente estará más dispuesto a intentar mantener al paciente con vida a
toda costa, si por el contrario ese acento lo pone en el paciente, es decir si
tiene en cuenta que esa enfermedad se desarrolla en un ser humano, y que el
campo de batalla en el que habrá de luchar será ese hombre, mujer o niño que es
su paciente, probablemente su decisión sea muy diferente.
Lo que me propongo
analizar en este trabajo es justamente la etapa del final de la vida en relación
a las decisiones que se suelen presentar en ella, acerca de la conveniencia de
tratamientos o prácticas extraordinarias o no. Abordaré en especial el Derecho a
la Dignidad y a la Vida que tienen los enfermos terminales y la eutanasia y los
cuidados paliativos como forma de aliviar el dolor, ya sea a través de una buena
muerte o de seguir viviendo dignamente en un marco de contención y compasión.
VI- CONCEPTOS
Conceptos generales en torno a la muerte digna y a la eutanasia
Muerte digna:
es la muerte con todos los alivios médicos adecuados y los consuelos humanos
posibles. Ejemplo: en la casa, rodeado de personas afectivamente significativas
que atiendan y acompañen al moribundo con amor y cuidado. La muerte digna es
mucho más que un estilo particular de muerte: es un concepto amplio, una
filosofía del morir basada en el respeto por la dignidad del ser humano hasta la
hora de su muerte. Entonces, en la categoría de muerte digne se pueden incluir
los cuidados paliativos y cualquier otra clase de muerte que el sujeto juzgue
como tal. La muerte digna no es un mito ni corresponde al esquema romántico e
idealizado de la muerte perfecta, y comprende diversas opciones que algunos
pueden censurar y otros acoger de acuerdo con su autonomía, creencias religiosas
y preferencias individuales. También se denomina ortotanasia.
Ortotanasia:
es la muerte en buenas condiciones, con las molestias aliviadas.
Eutanasia:
es la acción u omisión por parte del médico con intención provocar la muerte del
paciente por compasión. Etimológicamente la palabra eutanasia deriva del
griego “eu”, bien y “tanasia” muerte o sea podríamos traducirlo como la “buena
muerte”.
Eutanasia
pasiva:
la muerte que ocurre como consecuencia de la abstención de emplear, o la
interrupción, de todas las medidas artificiales de soporte vital como diálisis,
ventilación mecánica, uso de sondas nasogástricas, procedimientos invasivos,
antibióticos, etc. Esto generalmente ocurre cuando luego de analizar sus efectos
y resultados se concluye que no están cumpliendo una función diferente a la de
posponer o demorar el evento de la muerte, o cuando el paciente así lo desee y
lo exprese verbalmente o por escrito. En estos casos, la intención no es matar
sino permitir que la muerte sobrevenga en forma natural, en el momento en que
corresponda y como consecuencia de la enfermedad incurable e irreversible que el
paciente padece.
Eutanasia
activa: es la
eutanasia que mediante una acción positiva provoca la muerte del paciente.
Eutanasia
activa voluntaria:
es el acto médico orientado explícitamente a ponerle fin a la vida de un
paciente víctima de una enfermedad incurable y ya en fase terminal, por
requerimiento suyo y debido a la intratabilidad del dolor o de los sufrimientos.
Eutanasia
involuntaria:
practicada sin el consentimiento del paciente.
Eutanasia
directa:
es lo que entendemos comúnmente por eutanasia; es decir, la muerte intencionada
del enfermo a cargo del médico, por compasión. Puede ser activa o pasiva.
Eutanasia
indirecta:
en realidad no existe la eutanasia indirecta; pues no hay eutanasia sin
intención de provocar la muerte. Sería para algunos —que confunden a otros con
esta expresión— la muerte no buscada del paciente en el curso de un correcto
tratamiento paliativo, por ejemplo contra el dolor.
Suicidio
Asistido:
la muerte que el enfermo terminal se procura, empleando los medios sugeridos o
proporcionados por un médico ( pastillas, inyección letal, etc). La diferencia
entre la eutanasia activa y el suicidio médicamente asistido no radica en el
medio que se emplea sino en el sujeto que la lleva a cabo: en la primera, el
médico es el agente activo a solicitud del paciente, sujeto pasivo; en el
segundo, el paciente es el sujeto activo, asistido y aconsejado por el médico.
Distanasia:
es la muerte en malas condiciones, con dolor, molestias, sufrimiento... Sería la
muerte con un mal tratamiento del dolor, o la asociada al encarnizamiento
terapéutico. También hace referencia a la muerte que se difiere o pospone
mediante la aplicación de procedimientos y tratamientos biotecnológicos. Aquí
predomina el criterio de cantidad de vida sobre el de calidad de vida.
Abandono:
es la muerte que ocurre en circunstancias degradantes, indignas y humillantes,
no por el abuso ni el empleo indiscriminado de los avances biotecnológicos que
retardan la muerte, sino por lo contrario: la carencia de la atención médica
mínima que le proporcione al enfermo analgesia adecuada para soportar dolores
agobiantes, de medicación para los síntomas propios de la enfermedad y de
información acerca de la gravedad del pronóstico y la cercanía de la muerte.
Encarnizamiento terapéutico:
es la aplicación de tratamientos inútiles; o, si son útiles,
desproporcionadamente molestos o caros para el resultado que se espera de ellos.
Enfermo
terminal: el que padece una enfermedad irrecuperable,
previsiblemente mortal a corto plazo: en torno a dos semanas o un mes, a lo
sumo.
VII- LA MUERTE Y LA
PRACTICA MEDICA
La medicina es una
profesión curativa. Los médicos deben descubrir la enfermedad, tratarla y
eliminarla; en términos generales, por definición, sus esfuerzos están
orientados a ayudar a las personas a vivir más y a funcionar mejor. Este enfoque
de la práctica médica es casi una visión de túnel a favor de curar a cualquier
costo, de luchar sin cuartel por la vida, sin importar sus circunstancias ni su
calidad. Sin proponérselo, ha ido dejando de lado un enfoque más claro y amplio
que incluya la atención médica y humana adecuada para el paciente en trance de
morir. En otras palabras, cuando el propósito de la medicina se define solamente
en términos de curar y prolongar la vida, no hay directrices para asistir al
moribundo.
En nuestra época, la
muerte ya no se considera un proceso natural e inevitable sino algo que debe
combatirse con todas las armas de la biotecnología. Cuando ello ya no es
posible, su significado es trivializado: “se hizo hasta lo imposible”, “no hay
nada más que hacer”, “todos nos vamos a morir”, “no se preocupe, es posible que
yo me muera antes que usted”, suelen decir los médicos.
Dejar morir en paz
cuando el momento ha llegado se considera la peor de las derrotas médicas. Aún
la muerte “inevitable” de un paciente representa una amenaza y un fracaso, y el
deseo de impedirla lleva al médico, en muchas ocasiones, a recomendar al
paciente y a su familia nuevos procedimientos, aún sabiendo que son totalmente
inútiles para el caso. Todo esto para encubrir su incapacidad de admitir la
“derrota”, de aceptar la muerte y de cambiar, con humanidad y humildad, el rumbo
de sus intervenciones para pasar de curar al paciente a aliviarlo y preparar a
la familia para el final. Recordemos esa máxima del quehacer médico: “Curar,
algunas veces, aliviar con frecuencia y consolar siempre”.
Si cada médico se
atreviera, como un ejercicio ético, a mirar retrospectivamente su práctica
clínica y reflexionara sobre la justificación de muchas de sus intervenciones en
pacientes con enfermedades incurables en su etapa terminal, seguramente
admitiría que en varios casos se realizaron esfuerzos inútiles e injustificados,
con altos costos económicos, físicos y emocionales para el paciente y su
familia, tan sólo para postergar la muerte un día o unas horas más, para
extender la vida una semana sin tener en cuenta su calidad. Con argumentos como
“mientras haya un soplo de vida hay esperanza”, cientos de pacientes han sido
sometidos a verdaderas torturas, y sus familiares a un inolvidable martirio
psicológico y emocional. En ocasiones, muchos años después ellos aún se
reprochan el haber permitido para su ser querido una muerte tan indigna,
degradante y solitaria.
No abandonar a un
paciente es el compromiso ético más importante de un médico. Consiste en
acompañarlo en el trayecto de la enfermedad, no importa qué rumbo tome esta ni
cuál sea su desenlace. Esta es la esperanza que muchos abrigamos: contar al
final con un médico amigo, con un profesional humano que, consciente de nuestra
condición de seres mortales, nos permita morir en su compañía, con los síntomas
aliviados y respetando nuestra autonomía.
Para muchos, morir en
una unidad de cuidados intensivos, con su aislamiento y su infinita soledad en
medio de tantos extraños, anula o desploma de un tajo la esperanza de no estar
abandonados a las buenas intenciones y a los alcances tecnológicos de un equipo
profesional altamente entrenado y capacitado, pero ajeno e impersonal. Tan
abandonados como los que mueren sin atención médica, tirados en una cama, con
dolor y sin que su sufrimiento sea tratado. "El hospital y la clínica se han
convertido en el sitio de la muerte solitaria".
Hace años, los libros
que trataban el tema de la muerte no incluían un aparte sobre las decisiones
acerca del final de la vida. La razón era muy sencilla: la muerte natural, como
tal, sí se presentaba. Como no existían los avances médicos, no era necesario
explicitar a las familias y al médico los deseos y las expectativas personales
en torno a las circunstancias deseables para morir. No había mayores decisiones
que tomar: se moría en casa, pues los hospitales no fueron diseñados para morir
en ellos, sin adelantar y sin retrasar el evento de la muerte y sin ningún tipo
de medidas artificiales de soporte vital (la diálisis, la ventilación mecánica,
las complejas cirugías, los catéteres y los sofisticados antibióticos no
existían). En vez de la alimentación parenteral, el enfermo recibía en su cama,
de manos de un familiar amado, el tradicional caldo casero. Se moría al lado del
médico de la familia, quien ya había anunciado al paciente y a su familia acerca
de la proximidad del final, y con el apoyo de un sacerdote , rabino o ministro
de otra iglesia, que los preparaba y reconfortaba espiritualmente. Se temía a la
muerte repentina pero no a la causada por una enfermedad.
La ciencia dispone de
recursos médicos que pueden dilatarla por meses o años, manteniendo al paciente
vivo biológicamente, pero sin capacidad de vivir a plenitud. Cada órgano o
sistema que falle puede ser reemplazado para no dejar morir a la persona. El
sufrimiento, el dolor y el costo de una intervención no se tienen en cuenta al
tomar la determinación de hacerla, pues el objetivo único es ampliar el tiempo
de vida, aunque esto muchas veces signifique olvidar su calidad y la voluntad
del paciente.
Durante mucho tiempo
la medicina estuvo regida por un espíritu paternalista que le otorgaba al médico
poderes de "semidios". El paciente y la familia depositaban en él la
responsabilidad de tomar las determinaciones, con la certeza de que ellas serían
las más acertadas, sensatas y adecuadas, y sin atreverse a cuestionarlas y mucho
menos a contrariarlas. Pero la aparición de importantes avances médicos y
tecnológicos rompió ese equilibrio: la muerte dejó de ser un evento triste, pero
inevitable y previsible, para convertirse en algo incierto, solitario, que
inspira temor y en lo cual, muchas veces, ni el paciente ni su familia tienen
participación alguna. El morir viviendo se puede alargar
interminablemente gracias a la sofisticación de aparatos y procedimientos,
mientras los pacientes y sus familias se preocupan por el desenlace y por el
prospecto de un morir de inquietante calidad. Es así como surgen en el mundo
entero los movimientos -de tipo eutanasia y no eutanasia- a favor del derecho a
morir dignamente, ahora más que nunca susceptible de ser violado debido a los
abusos de la tecnología. Esto ante la necesidad de defenderse, de agruparse para
reclamar el control perdido y la autonomía que establece la diferencia entre
morir y poder “vivir mi muerte".
Con la conciencia de
la propia autonomía y la divulgación de los derechos que asisten al paciente
terminal -por ejemplo, a rehusar tratamientos o a solicitar al médico
verbalmente o por escrito, a través de documentos como esta es mi voluntad,
que ante la perspectiva de una calidad de vida deplorable e indigna no aplique
medidas inútiles y desproporcionadas a la situación -se dio origen a un terreno
propicio para el conflicto entre la omnipotencia del médico y la voluntad del
paciente informado, autónomo y competente. A pesar de eso, hoy en día parece
haber consenso en torno al derecho que tiene todo paciente a ser informado.
También se acepta, en menor escala, que su voluntad y sus deseos, expresión de
su autonomía como ser humano, deben ser protegidos y respetados.
¿A Quién Corresponde
Decidir?: El paciente mentalmente competente y adecuadamente
informado acerca de las opciones que existen para enfrentar su grave enfermedad,
debe poder tomar la decisión de aceptarlas o rehusarlas, aún si la oposición del
médico es contraria. Las decisiones deben ser tomadas por el paciente, si para
ello tiene competencia y discernimiento. En caso contrario, por aquellos que
tienen los derechos legales, respetando siempre la voluntad razonable y los
intereses legítimos del paciente. Sin lugar a dudas una decisión reflexiva,
tomada en consenso entre el paciente y el médico, y en segundo lugar la familia,
sería lo ideal.
Calidad de vida y calidad
de muerte: sí como existe una preocupación por optimizar la calidad
de vida hasta el final, es igualmente importante preocuparnos por ofrecerle a la
persona una muerte con la calidad que ella espera, teniendo en cuenta sus deseos
y necesidades.
VIII- PRINCIPIOS BIOETICOS
Los principios
bioéticos orientan el proceso de toma de decisiones acerca del final de la
vida, son:
Autonomía: Las decisiones de un paciente
adulto, mentalmente competente y suficientemente informado, son éticamente
inviolables, aún si ellas implican el rechazo a tratamientos e intervenciones
que el médico puede considerar aconsejables. Cuando el paciente no está
capacitado para comunicarse o para tomar decisiones, debe hacerlo el familiar
delegado con base en los deseos expresados previamente por él. Si no existe esa
persona o no se conocen explícitamente los deseos del paciente, el equipo
tratante debe usar su buen juicio.
Beneficencia: Toda decisión debe
orientarse a hacer el bien al paciente. Permitir la muerte a quien lo desea o a
quien padece inevitables dolores y sufrimientos, es hacer el bien y es
éticamente correcto.
No Maleficencia: Obliga
a no hacer daño intencionadamente. En ética médica, este principio está
íntimamente relacionado con la máxima primum non nocere: "En primer
lugar, no hacer daño". Los profesionales sanitarios apelan a menudo a ella,
aunque ni su origen ni sus implicancias están muy claros. El juramento
hipocrático manifiesta la obligación de los profesionales tanto a la no
maleficencia como a la beneficencia: "Haré uso del régimen de vida para ayuda
del enfermo, según mi capacidad y recto entender. Del daño y de la injusticia me
preservaré".
No
existen rupturas claras entre el no infligir daño y el ofrecer un beneficio,
pero el principio de beneficencia requiere potencialmente mayor implicación que
el principio de no maleficencia, ya que los sujetos deben dar pasos positivos
para ayudar a otros, y no únicamente abstenerse de realizar actos perjudiciales.
Justicia:
La distribución éticamente sensata de los recursos disponibles es el cuarto
principio orientador en la toma de decisiones. El empleo indiscriminado de las
opciones en aquellos casos en los que de antemano se sabe que no se podrá
obtener ningún beneficio, es censurable e incorrecto éticamente. El uso del
respirador mecánico y la práctica de cirugías o tratamientos extensos como
pueden ser la quimioterapia, los transplantes de órganos y otros procedimientos
extremos, injustificados y costosos, que desembocan frecuentemente en lo que
denomina "encarnizamiento terapéutico" deben ser claramente orientados de
acuerdo con la prioridad de la justicia. De la misma manera es inaceptable
éticamente ofrecerle a un enfermo terminal un abanico de opciones terapéuticas
que escapen de sus posibilidades económicas, geográficas o de recuperación.
IX- CONSENTIMIENO
INFORMADO
Cabe considerar que la revolución que se ha producido en la medicina, de alguna
manera, ha venido acompañada con una mayor participación de los pacientes que
exigen ser considerados como sujetos morales autónomos, libres, y responsables
de sus actos. Asimismo dentro de los principios básicos que nos trae la bioética
encontramos el de “autonomía”, principio que incorpora, al decir del Informe
Belmont dos convicciones éticas: así pues por un lado los individuos deberán ser
tratados como entes autónomos; la segunda implica que aquellas personas cuya
autonomía se encuentra disminuida deberán ser objeto de protección (vg: menores,
pacientes terminales).
En
primer lugar, debemos decir que según el origen etimológico del término
“autonomía”, proviene del griego autos: uno mismo y monos: regla,
gobierno propio o autodeterminación; es pues la condición del agente moral
(racional y libre) que genera el principio de respeto por la autonomía de las
personas, e implica un derecho de no-interferencia y una correlativa obligación
de no coartar las acciones autónomas.
Dicho reconocimiento de la autonomía del paciente es una consecuente con el
derecho a decidir libremente y sin coerción, de acuerdo a sus valores, creencias
o idiosincrasia, los problemas o la solución de los problemas de salud; también
existe una estrecha relación con el derecho a la integridad física y el derecho
a la no vulneración de su propio cuerpo.
Anterior a la aparición del Principio de Autonomía la relación medica paciente
se basaba en los parámetros de un modelo paternalista, que no permitía al
paciente decidir sobre su salud, sobre su integridad física, ni existía hasta
ese momento la posibilidad de un “diálogo sincero y veraz con el paciente”.
No
obstante ello, se ha desarrollado el derecho que permite al paciente obtener la
información necesaria para “ hacerse una idea objetiva y correcta de su estado
de salud y que sea capaz de decidir sobre los procedimientos a seguir en su caso
concreto”
Asimismo un auténtico consentimiento informado requiere el suministro de una
correcta información en la cual se tengan en cuanta los siguientes elementos de
importancia:
Explicación del padecimiento;
Explicación del procedimiento a seguir y las posibles consecuencias,
Descripción del tratamiento y procedimientos alternativos,
Descripción de beneficios o posibles secuelas,
Contestar las preguntas del paciente.
Por
otra parte, será importante adecuar el lenguaje de acuerdo a la capacidad o
nivel de instrucción del paciente; y a su vez para que dicho consentimiento sea
receptado de una manera correcta por el paciente, será necesario:
Disponer de una información suficiente,
Comprenderla adecuadamente,
Encontrarse libre para disponer de sus propios valores,
Ser
competente para tomar la decisión en cuestión.
No
obstante, fundamentalmente el consentimiento informado se logra como parte de
un diálogo de proceso y colaboración en el cual se tienen en cuenta la voluntad
y los valores del paciente.
Resta tener presente que el concepto jurídico de “capacidad” no coincide
necesariamente con el concepto bioético de “competencia” cuando se trata de la
toma de decisiones referidas al propio cuerpo y a la salud. Así por ejemplo una
persona con incapacidad jurídica absoluta (un demente declarado en juicio) puede
sin embargo tener el discernimiento suficiente para participar en la toma de
decisiones atinentes a la salud; y asimismo un menor de edad para la legislación
vigente, siendo incapaz absoluto (impúber) o relativo (púber), puede ser sin
embargo competente en mayor o menor medida, atendiendo a su desarrollo psíquico
y emocional, es decir, de acuerdo con su grado de madurez en la situación
concreta.
Y
otro es el caso en el cual la persona siendo totalmente capaz, por encontrarse
en una pérdida de conciencia, resulta ser incompetente bioéticamente para la
toma de tales decisiones.
X- CUIDADOS
PALIATIVOS
Son
los que buscan procurar bienestar al enfermo. Se trata de un programa coordinado
e interdisciplinario que presta servicio de control del dolor y de los síntomas
y brinda apoyo a las personas con enfermedades mortales y a sus familiares.
El
cuidado paliativo, como aproximación científica y humana al tratamiento médico
de pacientes incurables, incluye principios, valores y técnicas diferentes de
las del cuidado médico tradicional.
Concentra sus
esfuerzos en mantener o mejorar, si es posible, la calidad de vida del paciente
y en aliviar sus síntomas, no en tratar de erradicar la enfermedad ni de
prolongar la vida.
El cuidado paliativo
lo presta un equipo de expertos en distintas disciplinas de la salud que busca
responder a las necesidades multidimensionales de un ser humano que enfrenta la
muerte en un período más o menos breve. El compromiso del equipo de expertos con
el paciente y su familia se sustenta en el no abandono del caso bajo ninguna
circunstancia y en su disponibilidad permanente.
El cuidado paliativo
tiene como propósito dar apoyo y cuidado a las personas que están en la etapa
final de una enfermedad mortal, permitiéndoles vivir de la manera más plena y
confortable posible. El cuidado paliativo es una confirmación de la vida, y mira
a la muerte como un fin natural. El cuidado paliativo ni acelera ni pospone la
muerte. Su filosofía es que a través de un sistema de asistencia personalizada y
de una comunidad sensible que se preocupa, los pacientes terminales y su familia
puedan alcanzar la preparación de una muerte que les sea satisfactoria.
En síntesis los
cuidados paliativos:
proveen alivio del
dolor y otros síntomas.
afirman la vida y
consideran el morir como un proceso natural.
no intentan acelerar
ni posponer la muerte.
integran los aspectos
psicológicos y espirituales del cuidado.
ofrecen un sistema de
soporte para ayuda a la adaptación de la familia, durante el período de
enfermedad y posteriormente en el duelo.
utilizan un abordaje
para identificar las necesidades del paciente y su familia, incluyendo el
soporte en duelo si estuviera indicado.
incrementan la calidad
de vida y pueden influenciar positivamente sobre el curso de la enfermedad.
son aplicables
precozmente en el curso de la enfermedad, junto con otros tratamientos que
intentan prolongar la vida, e incluyen aquellas investigaciones necesarias para
evaluar y tratar mejor las complicaciones clínicas.
XI- DIGNIDAD
La
preocupación por la dignidad de la persona humana es hoy universal: las
declaraciones de los Derechos Humanos la reconocen, y tratan de protegerla e
implantar el respeto que merece a lo largo y ancho del mundo. Los errores que
pueda haber en la formulación de esos derechos no invalidan la aspiración
fundamental que contienen: el reconocimiento de una verdad palmaria, la de que
todo ser humano es digno por sí mismo, y debe ser reconocido como tal. El
ordenamiento jurídico y la organización económica, política y social deben
garantizar ese reconocimiento.
Cuanto más fijamos la mirada en la singular dignidad de la persona, más
descubrimos el carácter irrepetible, incomunicable y subsistente de ese ser
personal, un ser con nombre propio, dueño de una intimidad que sólo él conoce,
capaz de crear, soñar y vivir una vida propia, un ser dotado del bien precioso
de la libertad, de inteligencia, de capacidad de amar, de reír, de perdonar, de
soñar y de crear una infinidad sorprendente de ciencias, artes, técnicas,
símbolos y narraciones.
Por
eso, dignidad, en general y en el caso del hombre, es una palabra que significa
valor intrínseco, no dependiente de factores externos. Algo es digno cuando es
valioso de por sí, y no sólo ni principalmente por su utilidad para esto o para
lo otro. Esa utilidad es algo que se le añade a lo que ya es. Lo digno, porque
tiene valor, debe ser siempre respetado y bien tratado. En el caso del hombre su
dignidad reside en el hecho de que es, no un qué, sino un quién, un ser único,
insustituible, dotado de intimidad, de inteligencia, voluntad, libertad,
capacidad de amar y de abrirse a los demás.
La
persona es un absoluto, en el sentido de algo único, irreductible a cualquier
otra cosa. Mi yo no es intercambiable con nadie. Este carácter único de cada
persona alude a esa profundidad creadora que es el núcleo de cada intimidad: es
un "pequeño" absoluto. La palabra yo apunta a ese núcleo de carácter
irrepetible: yo soy yo, y nadie más es la persona que yo soy. Nadie puede
usurpar mi personalidad.
Dignidad y
Muerte: Las diversas actitudes que se dan hoy en
torno a la relación entre dignidad y muerte del hombre pueden reducirse a dos
posiciones polares.
Una
proclama la dignidad intangible de toda vida humana, incluso en el trance del
morir: todas las vidas humanas, en toda su duración, desde la concepción a la
muerte natural, están dotadas de una dignidad intrínseca, objetiva, poseída por
igual por todos: esa dignidad rodea de un aura de nobleza y sacralidad
inadmisibles todos los momentos de la vida del hombre.
La
otra afirma que la vida humana es un bien precioso, dotado de una dignidad
excelente, que se reparte en medida desigual entre los seres humanos, y que, en
cada individuo, sufre fluctuaciones con el transcurso del tiempo, hasta el punto
de que puede extinguirse y desaparecer: la dignidad consiste en calidad de vida,
en fundada aspiración a la excelencia. Cuando la calidad decae por debajo de un
nivel crítico, la vida pierde su dignidad y deja de ser un bien altamente
estimable. Sin dignidad, la vida del hombre deja de ser verdaderamente humana y
se hace dispensable: esa vida ya no es vida. Entonces, anticipar la muerte es la
solución apetecible cuando la vida pierde su dignidad.
Dignidad y
"encarnizamiento terapéutico": Curiosamente, las
actitudes pro-vida y pro-eutanasia coinciden en un punto capital: la condena del
encarnizamiento terapéutico que, además de ser mala medicina, es siempre un
grave atentado a la dignidad del moribundo. La condena es universal: viene de
las instancias pro-vida, lo mismo que desde las filas de los pro-eutanasia; de
las organizaciones profesionales de médicos y enfermeras lo mismo que de los
comités, nacionales o internacionales, de bioética.
Nadie duda hoy de que la obstinación terapéutica constituye un error, médico y
ético, muy difícil de justificar. Todos comparten la idea de que aplicar
tratamientos deliberadamente inútiles cuando ya no hay esperanza razonable de
recuperación, en particular cuando provocan dolor y aislamiento, quebranta la
dignidad del moribundo.
La
bibliografía sobre la futilidad médica es hoy inabarcable. Basten para este
análisis dos testimonios sobre la conexión entre dignidad en el morir y mensura
terapéutica, que vienen de posiciones éticas antípodas. En un polo, la
Declaración Iura et bona, de la Congregación para la Doctrina de la Fe, que
describía sucintamente esa conexión de este modo: “Es muy importante hoy
proteger, en el momento de la muerte, la dignidad de la persona humana y la
concepción cristiana de la vida contra un tecnicismo que corre el riesgo de
hacerse abusivo. De hecho, algunos hablan de ‘derecho a morir’, expresión que no
designa el derecho de procurarse o hacerse procurar la muerte a voluntad, sino
el derecho a morir con serenidad, con dignidad humana y cristiana”.
En
el otro polo, el crítico de la medicina, Richard Taylor, se expresaba con dureza
acerada acerca del abuso terapéutico de las unidades de cuidados intensivos de
los años setenta, en estos términos: “Hileras de preparados fisiológicos,
conocidos también como seres humanos, yacen rodeados de un número asombroso de
artilugios mecánicos [...] A través de innúmeros tubos se inyectan o se drenan
líquidos de mil colores. Los respiradores artificiales impelen gases, los
aparatos de diálisis rezongan, los monitores disparan sus alarmas, el oxígeno
burbujea en los humectadores. Los desgraciados prisioneros de la tecnología,
ajenos afortunadamente a lo que ocurre a su alrededor, a causa de los
medicamentos o de la enfermedad, yacen inermes, mientras se ejecuta el ritual de
profanación de su dignidad”.
El derecho a
morir con dignidad: Tomando la argumentación de
que el derecho a la vida lo es en tanto en cuanto se trata de una vida digna de
hombre, podemos afirmar que el derecho a morir existe pero no como derecho a
morir de cualquier modo, sino como derecho a morir con dignidad.
Pero ¿qué es morir con dignidad? He aquí la clave de la eutanasia, que,
comenzando por ser la muerte dulce de Francisco Bacon, gran canciller de
Inglaterra en el siglo XVII, pasó a ser la muerte por compasión en el siglo XIX
y hoy se equipara a la muerte digna del hombre.
Para no incurrir en desviaciones o equívocos, hay que partir de un hecho
incontestable, a saber: que la muerte temporal es un imperativo biológico
integrado en la vida, a la manera de epílogo o episodio final, y que, por lo
tanto, hay que preverla y aceptarla con responsabilidad, incluso, como decía
Séneca, como la mejor invención de la vida. Es el propio derecho a la vida el
que asume con la vida, limitada como es, la muerte que la extingue. El derecho a
una vida digna lo es, por ello, a una muerte digna, es decir, a un término
natural y no artificial de la vida humana. No sería digno prolongar la agonía.
Biotecnología
y Muerte Digna: Llevado al extremo de la
irracionalidad, el esfuerzo de la medicina por preservar y cuidar la salud de
las personas ha demostrado que es capaz de volverse en contra de aquellos a
quienes pretende proteger. Cuando los médicos se empecinan en extender la vida
aún más allá de las posibilidades fisiológicas y del deseo de sus pacientes
aparece lo que se ha dado en llamar el encarnizamiento terapéutico.
“La
agonía injustificadamente prolongada, el sufrimiento extremo, la desfiguración y
el aislamiento del paciente; cualquiera de ellas puede ser la consecuencia del
encarnizamiento terapéutico que conlleva formas de morir que resultan una
caricatura de la dignidad personal", señaló el doctor Carlos Gherardi, en el
simposio "Cuestiones éticas al final de la vida", organizado por el Consejo
Académico de Etica en Medicina.
Y
es que, a veces, "el intento de respetar la vida puede acabar en trato inhumano
o degradante, es decir, indigno", escribió hace algunos años Diego Gracia,
miembro de la Fundación de Ciencias de la Salud, de España, en el prólogo del
libro Morir con dignidad (Fundación de Ciencias de la Salud, 1996).
Podría decirse que la muerte indigna -aquella que se demora sin ofrecer nada a
cambio, más que sufrimiento y humillación- es un invento reciente. Nace como
resultado del avance que protagonizó en los últimos cincuenta años la medicina,
avance que permite hoy prolongar la vida a través de instrumentos que
proporcionan a los pacientes un soporte vital que suple funciones biológicas
perdidas o cuando menos suspendidas.
Pero estirar la vida innecesariamente no sólo perjudica a quienes se les priva
del derecho a una muerte digna. En un mundo donde los recursos públicos que se
destinan al cuidado de la salud no sólo son finitos, sino que muchas veces
resultan insuficientes, su uso irracional parece cercenar aún más el acceso de
la población en general al cuidado de su salud.
¿Hasta cuándo es lícito extender artificialmente la vida de una persona?.
Desde hace algunas décadas, los expertos en bioética han elaborado una serie de
criterios que permiten ponerle freno al afán desenfrenado de los médicos por
vencer a la muerte, evitando así el encarnizamiento terapéutico.
"Es
una larga historia la que relata la domesticación del morir por parte de la
medicina", señala el doctor José Alberto Mainetti, director del Instituto de
Bioética y Humanidades Médicas. De lo que no cabe ninguna duda es de que la
invención del respirador artificial significó un antes y un después. Lentamente,
las unidades de cuidados intensivos estaban comenzando a poblarse de un nuevo
tipo de pacientes: personas que jamás recuperarían la conciencia, pero que
podían ser mantenidas con vida artificialmente durante décadas. Sucede que por
aquel entonces estaba aún vigente la idea tradicional de muerte, que la asocia
al cese de la actividad cardíaca y respiratoria.
Mantener con vida a estos pacientes representaba tanto una prolongación
injustificada del sufrimiento de sus familiares que asistían a una agonía
eternizada, como un acaparamiento inconducente de recursos monetarios y de
infraestructura hospitalaria.
XII- TESTAMENTOS EN
VIDA
Los
"testamentos en vida" son documentos o declaraciones legales firmados ante
testigos en los cuales un adulto, en su sano juicio, libremente informa al
personal médico acerca de su deseo de que no le administren o le retiren medios
extraordinarios de conservación de la vida en ciertas circunstancias, es decir,
si se encuentra en los últimos momentos de su vida y si en dichos momentos no
está capacitado para tomar la decisión por sí mismo.
En
1989, la Confederación Episcopal propuso como redacción el siguiente: “A mi
familia, a mi médico, a mi sacerdote, a mi notario. Si me llega el momento en
que no pueda expresar mi voluntad acerca de los tratamientos médicos que me
vayan aplicar, deseo y pido que esta declaración sea respetada como si se
tratara de un testamento.
Considero que la vida en este mundo es un don y una bendición de D’s, pero no es
un valor supremo y absoluto. Se que la muerte es inevitable y pone fin a mi
existencia eterna, pero desde la fe creo me abre el camino a la vida que no se
acaba, junto a D’s. Por ello, yo el que suscribe...............pido que por si
mi enfermedad llegara a estar en una situación crítica irrecuperable, no se me
mantenga en vida por medio de tratamientos desproporcionados o extraordinarios,
que no se me aplique la eutanasia activa, ni me prolonguen abusiva e
irracionalmente el proceso de mi muerte, que se administren los tratamientos
adecuados para paliar los sufrimientos.
Pido igualmente ayuda para asumir cristiana y humanamente mi propia muerte.
Deseo poder prepararme en paz, con la compañía de mis seres queridos y el
consuelo de mi fe cristiana.
Suscribo esta declaración después de una madura reflexión, y pido que lo que
tengaís que cuidarme respeteís mi voluntad. Soy consciente de que os pido una
grave y díficil responsabilidad. Precisamente para
compartirla con vosotros y para atenuaros cualquier posible sufrimiento de
culpa, redacto y firmo esta declaración”.
XIII- CODIGO
INTERNACIONAL DE ETICA MEDICA
Comentarios por Gonzalo Herranz
Artículo 28.1. El médico nunca provocará
intencionadamente la muerte de un paciente ni por propia decisión, ni cuando el
enfermo o sus allegados lo soliciten, ni por ninguna otra exigencia. La
eutanasia u "homicidio por compasión" es contraria a la ética médica. (Adoptado
en Londres, 1949. Enmendado en Sydney, 1968, y Venecia, 1983)
Este artículo condena sin atenuantes ni excepciones la práctica de la eutanasia:
nunca el médico podrá reconocer motivo alguno que la justifique, ya que toda
eutanasia es una acción intrínsecamente inética: es un homicidio, aunque
subjetivamente pueda haberse ejecutado por compasión. Esta tajante condena
médica de la eutanasia contrasta con ciertas actitudes que, al parecer, están
ampliamente difundidas en la sociedad, resultado quizá del activismo
pro-eutanasia que, en los últimos años, ha difundido su mensaje en favor de la
despenalización de la ayuda (médica) al suicidio voluntario y del derecho de las
personas a decidir el momento y el modo de su propia muerte.
Conviene, en primer término, disipar en lo posible la confusión que existe en
torno al término eutanasia. Por eutanasia se entiende, en el contexto
deontológico, matar sin dolor y deliberadamente, de ordinario mediante gestos de
apariencia médica, a pacientes que se dicen víctimas de sufrimientos
insoportables o de incapacidades extremas, para liberarles a ellos de su penosa
situación y, a la sociedad, de una carga inútil. Esta definición destaca los
rasgos generales -matar deliberadamente, por razones y medios médicos- de la
eutanasia y hace irrelevante la distinción entre la forma activa de eutanasia
(la provocada mediante la aplicación de un tratamiento letal e indoloro) y la
omisiva (la causada por la omisión o suspensión deliberada de un cuidado,
necesario y eficaz, para la curación o la supervivencia).
Así
es como se ha de entender hoy la noción de eutanasia en el contexto eticomédico.
La Declaración sobre Eutanasia, de la Asociación Médica Mundial (Madrid, Octubre
de 1987) comienza así: "La eutanasia, es decir, el acto deliberado de poner fin
a la vida de un paciente, ya sea por su propio requerimiento o a petición de los
familiares, es contraria a la Ética". Y en las conclusiones del Grupo de Trabajo
de la British Medical Association para revisar las directrices de la Asociación
sobre eutanasia, hechas públicas en Mayo de 1988, se lee: "No se debe cambiar la
ley. La muerte deliberada de un ser humano debe seguir siendo un delito. Este
rechazo de cualquier cambio en la ley actual, de modo que se permitiera a los
médicos intervenir para poner fin a la vida de una persona, (...) es, sobre
todo, una afirmación del supremo valor del individuo, sin que importe cuán sin
valor o cuán sin esperanza pueda sentirse". Es imprescindible no incurrir en
ambigüedades
Tan
necesaria como una definición inambigua de eutanasia es el uso de los términos
con que se la designa. Los activistas de la eutanasia usan términos que se
prestan a engaño, como, por ejemplo, selección neonatal, sólo cuidados de
enfermería, eutanasia pasiva, ayudar a morir, o morir con dignidad. Usan, en
particular, estas dos últimas expresiones tanto para designar la muerte por
compasión de gente infeliz o inútil, como para exigir el derecho a ser matado,
sin dolor y con la ayuda del médico, en el lugar, tiempo y modo que cada uno
decida.
No
parece presentar muchas dificultades el enjuiciamiento ético de la eutanasia
cometida por acción, ni tampoco el de las formas groseras de eutanasia por
omisión, tal como se ha definido más arriba. Pero existe una cierta confusión en
torno al problema ético de no aplicar o de suspender cuidados médicos.
Es
fácil distinguir entre eutanasia por omisión y no incurrir en encarnizamiento
terapéutico. En efecto, no aplicar o suspender cuidados médicos puede ser, unas
veces, una forma de conducta eutanásica (de matar o dejar morir deliberadamente
a un paciente), mientras que otras veces es el modo correcto de cumplir el
mandato ético, que impone el artículo 28.2, de no someter al paciente incurable
y terminal a tratamientos inútiles y probadamente ineficaces. No aplicar o
suspender cuidados médicos es también una forma ética de respetar a aquellos
pacientes que se niegan a someterse a determinados tratamientos, pues el médico
no puede violentar, fuera de casos de obvia incapacidad o pérdida de razón, el
deseo del paciente de no ser tratado. Éste tiene un deber ético de cuidar de su
salud y de su vida y de aceptar los tratamientos para preservarlas, si se trata
de medios que ofrecen una esperanza razonable de beneficiarle y que pueden
obtenerse y aplicarse sin grave inconveniente, dolor o gasto. Puede, por
consiguiente, el paciente rechazar los tratamientos que no ofrezcan una
esperanza razonable de beneficio y que no pueden recibirse si no es con gran
sufrimiento, o con gastos o inconvenientes graves.
Puede darse por superado hoy el viejo problema del tratamiento que acorta la
vida, al que antes se llamaba eutanasia indirecta. Los recientes avances en el
tratamiento del dolor y de la enfermedad terminal han hecho desaparecer el
riesgo de anticipar, real pero involuntariamente, la muerte de ciertos
pacientes: hoy ya no puede invocarse la muerte por compasión como único recurso
contra el dolor intratable. No existe por tanto necesidad médico-profesional
alguna para legalizar la eutanasia o la ayuda médica al suicidio: existen
recursos médicos para tratar la enfermedad terminal, el dolor, la depresión. La
muerte deliberada de los pacientes no es solución a ningún problema médico.
La
penalización de la eutanasia es una defensa de la profesión médica
La
tolerancia legal de la eutanasia, aun la máximamente restrictiva, desembocaría
de modo inevitable en una brutalización de la Medicina. Porque si el médico se
supiera impune, tanto si trata como si mata a ciertos pacientes, se iría
apagando su vocación de cuidador de la vida. Además, la legislación permisiva es
intrínsecamente expansiva: las restricciones impuestas en los textos legales
irían cayendo ante el empuje incontenible de la demanda utilitarista de eliminar
vidas improductivas o molestas.
Además, la profesión médica sufriría un grave daño en su vocación científica y
ética. Se volvería progresivamente indiferente hacia determinados tipos de
enfermos y decaería su interés por vastas áreas de la Patología. Porque, si, por
ejemplo, fuera posible limpiar a la humanidad de "basura genética" mediante la
eutanasia neonatal de bajo costo, perdería todo interés la investigación básica
y aplicada de las enfermedades hereditarias; y si al que sufre de enfermedad de
Alzheimer se le aplicara como primera opción la muerte dulce, ya no quedaría
ningún motivo serio para estudiar las causas y mecanismos de la demencia.
Artículo 28.2. En caso de enfermedad
incurable y terminal, el médico debe limitarse a aliviar los dolores físicos y
morales del paciente, manteniendo en todo lo posible la calidad de una vida que
se agota y evitando emprender o continuar acciones terapéuticas sin esperanza,
inútiles u obstinadas. Asistirá al enfermo hasta el final, con el respeto que
merece la dignidad del hombre.(Adoptado en Londres, 1949. Enmendado en Sydney,
1968, y Venecia, 1983)
Este artículo establece, en primer lugar, la obligación del médico de asistir al
paciente incurable y al moribundo y de cuidarle en la fase terminal de su
enfermedad, aliviando su dolor y su angustia. Condena, a renglón seguido, el
ensañamiento terapéutico. Concluye con la proclamación de que, en la fase
terminal de la vida, la atención médica debe seguir respetando la dignidad del
hombre enfermo.
1.
Nunca se destacará bastante el alto valor profesional de la Medicina paliativa,
que requiere tanta ciencia y experiencia como las restantes especialidades
médicas. En una Declaración sobre la Eutanasia, que hizo pública la Comisión
Central de Deontología en junio de 1986, se dice que "la asistencia médica al
moribundo es uno de los más importantes y nobles deberes profesionales... El
médico está obligado a desempeñar su genuina función de ayudar y atender al
morir de sus pacientes por medio de un tratamiento competente del dolor y de la
angustia. Ha de empeñarse en procurar el mayor bienestar material; ha de
favorecer, según las circunstancias, la asistencia espiritual y el consuelo
humano al moribundo; prestará también su apoyo a los allegados de éste".
Así
pues, el médico no puede permanecer ajeno a las necesidades del paciente y de
sus allegados y ha de saber confortarles en ese trance final. Para ello,
necesita, además de conocer suficiente Medicina paliativa, tener sensibilidad
para percibir las necesidades físicas y morales del moribundo y cooperar para
que no le falte ni el consuelo humano ni la atención espiritual que, de
ordinario, son la necesidad primordial del paciente y sus familiares y amigos.
Se
condena todo tratamiento inútil. La medicina reconoce sus límites y se dignifica
ayudando a morir, si sería ya injustificado un tratamiento que intentara la
curación
2.
Por otro lado, condena este artículo la obstinación o encarnizamiento
terapéutico. Todo tratamiento inútil es antiético. No por razón de que el médico
practique una ética utilitarista, sino porque el tratamiento demostradamente
ineficaz, en especial cuando implica el uso de tecnologías costosas y se separa
al paciente del trato con familiares y amigos, es, en primer lugar, un error de
indicación terapéutica: el médico ignora más allá de lo tolerable los datos
pronósticos del caso que atiende y le aplica remedios incapaces de oponerse al
curso, ya ineluctable, de la enfermedad. El médico, por ejemplo, está obligado a
juzgar con objetividad y concienzudamente cuándo un paciente debe ser ingresado
en una unidad de cuidados intensivos porque su cuadro es un episodio crítico del
cual puede ser rescatado; y cuándo no debe hacerlo, porque su enfermedad
terminal ya no tiene remedio médico. Ha de tener el médico la rectitud moral de
no ofrecer o no permitir que se aplique atención intensiva o cualquier otra
intervención agresiva cuando, juzgadas las circunstancias del caso, concluya que
son inoperantes. Hay una necesidad de conocer y de investigar seriamente las
constelaciones de factores pronósticos, para que la decisión de tratar o no
tratar no sea el fruto de la intuición o del humor, sino una medida prudente e
informada.
En
otras ocasiones, el encarnizamiento terapéutico no es resultado de la
incompetencia médica, sino resultado de una falsificación, unas veces
comercialista, política otras, de los fines de la Medicina. En ambos casos, es
un error ético con el agravante de que proporciona a los activistas de la
eutanasia su principal argumento para reclamar el derecho a morir con dignidad.
La
citada Declaración de junio de 1986 señalaba que "el médico dignifica la muerte
cuando se abstiene de tratamientos dolorosos e injustificados y cuando los
suspende porque ya no son útiles". La deontología impone al médico el deber de
reconocer los límites de la actuación médica aun ayudada por la más poderosa
tecnología, de ser consciente que el abuso tecnológico causa en el paciente y en
los allegados del paciente sufrimiento, humillación e indignidad, de modo que la
Medicina es tachada de inhumana y altanera.
Artículo 31. El médico en ningún caso dejará de prestar su atención al paciente
que la necesitara por intento de suicidio, huelga de hambre o rechazo de
tratamiento. Respetará la libertad de los pacientes y tratará de persuadirlos a
que depongan su conducta, aplicando, en las situaciones límite, previo
requerimiento de la autorización judicial, la imprescindible asistencia médica.
(Adoptado en Londres, 1949. Enmendado en Sydney, 1968, y Venecia, 1983)
Se
regula aquí la conducta del médico ante tres situaciones en las que el paciente
atenta contra su vida o descuida su deber de preservar su salud: el intento de
suicidio, la huelga de hambre y el rechazo de tratamiento. Estas tres
situaciones tienen, junto a ciertos rasgos comunes, algunos matices muy
dispares. La conducta del médico, sin embargo, está bien definida: no puede
rehusar su asistencia a esos pacientes.
Asistencia del médico al que ha intentado el suicidio.
Al que atenta contra su vida, el médico ha de curarle de sus lesiones y,
después, le ayudará a reinstalarse en la vida recuperada y procurará prevenir
nuevas tentativas. No tienen razón quienes sostienen que el médico debe de
abstenerse de atender a quien había decidido suicidarse, porque su intervención
salvadora va en contra de la decisión autónoma de la víctima que había decidido
poner fin a sus días. La experiencia indica que la inmensa mayoría de los que
intentaron el suicidio quedan agradecidos a quienes les rescataron de la muerte.
Aparte de atender a las víctimas de los intentos de autodestrucción, el médico
debe contribuir también a la lucha contra ese mal endémico de nuestra sociedad:
deberá conocer algo de la epidemiología del suicidio para detectar los factores
de riesgo e intervenir sobre ellos (Ya se ha comentado a propósito del artículo
28.1 la condena deontológica de la cooperación médica al suicidio voluntario).
En
las situaciones límites, el médico que atiende a un huelguista de hambre, podrá
requerir la autorización del juez para preservar su vida.
La asistencia médica al huelguista de hambre. En
caso de huelga de hambre, el médico, prescindiendo de su juicio particular sobre
la huelga y sus motivaciones, respetará la voluntad del huelguista mientras sea
posible, le ayudará informándole sobre las consecuencias de su conducta, y le
ofrecerá sus consejos y los tratamientos oportunos, tratando de persuadirle a
que deponga su actitud. Advertirá al huelguista cuando la prolongación del ayuno
implique un daño grave para su salud o un riesgo para su vida.
Lo
que el médico debe hacer al llegar ese momento crítico es cuestión discutida.
Depende en buena medida de una circunstancia: que el huelguista de hambre sea un
hombre que goza de libertad o que sufre reclusión en una cárcel. Si es un hombre
libre, es muy recomendable que el médico, antes de la iniciación de la huelga,
acuerde con él que suspenderá el ayuno cuando el médico lo considere necesario
para preservar su vida. En general, el huelguista de hambre libre nunca pretende
llevar su ayuno hasta la muerte.
El
huelguista encarcelado puede radicalizar su conducta y decidir prolongar su
ayuno hasta la muerte. El médico le informará de los efectos biológicos que
puede acarrear su conducta y de su disposición de prestarle cuidados médicos en
todo momento. Pueden darse entonces situaciones muy complejas, pues el médico no
puede imponer un tratamiento forzado a quien voluntaria y conscientemente lo
rechaza. No puede el médico de prisiones, obligado estatutariamente a visitar
cada día al huelguista, romper su relación profesional con él, aunque podría ser
de aplicación en esta circunstancia lo que señala el artículo 43.3 del Código:
el médico, ante la negativa del paciente a ser tratado, se retira y transfiere
al director de la prisión la responsabilidad de resolver con el recluso el
conflicto planteado. Pero el Código es taxativo: en la situación límite el
médico aplicará la imprescindible asistencia médica, previo requerimiento de la
autorización del juez, para protegerse de cualquier eventualidad judicial. En
España, el Tribunal Constitucional ha declarado recientemente, en su sentencia
121/1990, que la preservación de la vida es, en esta situación, un bien que ha
de prevalecer sobre el respeto de la autonomía.
Si
el paciente insiste en no atenerse al plan médico, éste puede considerar rota la
relación médico-paciente.
Rechazo de tratamiento necesario. Son de muy
distinta magnitud los problemas éticos creados al médico por los pacientes que
rehúsan seguir el tratamiento prescrito. En muchos casos se trata de omisiones
de pequeña importancia en el plan terapéutico: unas veces, más que una
manifestación de rebeldía, son una velada advertencia al médico de que su
prescripción no ha sido acertada y que debe introducir cambios en el
tratamiento. En tales casos, la conducta del médico ha de estar guiada por la
tolerancia y la aceptación de las indicaciones del paciente.
Cuando el paciente no sigue las normas de tratamiento o prescinde de elementos
básicos del plan terapéutico, el médico tendrá que considerar qué grado de
energía puede y debe emplear para hacerle entrar en razón. Una negociación
inteligente y comprensiva puede resolver muchos problemas. El médico, después de
haber intentado en vano persuadir a su paciente, si éste insistiera en no
cumplir el plan propuesto, puede considerar que ha perdido su confianza, por lo
que podrá suspender su relación a tenor de lo establecido en el artículo 11.3.
Es
necesario referirse aquí a la conducta del médico ante los pacientes que, por
razones culturales o religiosas, rechazan el tratamiento que puede salvar la
vida, cual es el caso de los testigos de Jehová. Éstos rechazan la transfusión
de sangre y de concentrados de hematíes o plaquetas y tienen actitudes
diferentes con respecto a la administración de hemoderivados, la hemodilución y
la transfusión de sangre recuperada del campo operatorio. El médico, en
principio, está obligado a respetar esas actitudes en la medida en que no
interfieran con una atención médica aceptable. Está incluso moralmente obligado,
por respeto a las personas, a buscar soluciones fuera de lo ordinario para
llevar adelante sus intervenciones (en cirugía, en quimioterapia antitumoral, en
medicina de urgencia) sin que resulten lesionadas las convicciones de sus
pacientes. Deberá informar sincera y honestamente a sus pacientes sobre los
riesgos que corren en razón de su negativa. Y juzgará si, en conciencia, puede
asumir la atención del caso respetando la voluntad del paciente. Si el médico
estimara que, en determinadas circunstancias, no puede asumir en conciencia el
riesgo de renunciar a la transfusión o de aplicar una alternativa terapéutica
menos satisfactoria, podrá suspender la relación con su paciente. No parece
conforme a la ética del respeto engañar benignamente al paciente, prometiéndole
seguir una conducta y quebrantar después la promesa. Cuando los padres o tutores
testigos de Jehová impongan la prohibición de transfundir sangre o hemoderivados
a menores o incapaces, el médico, previa solicitud de la autorización judicial,
podrá aplicar esos tratamientos aun en contra de aquella prohibición.
XIV- JURISPRUDENCIA
A
través de los casos que se presentarán a continuación trataré de responder al
siguiente dilema: ¿qué decisión tomar cuando el paciente se encuentra
imposibilitado de expresar su voluntad como resultado de lo avanzado de su
dolencia?
Si
un paciente terminal, en buenas condiciones mentales, puede lícitamente rehusar
un tratamiento inútil, las personas responsables de un paciente inepto
mentalmente deben poseer tal derecho. En el caso de menores de edad, la práctica
reconoce el derecho de los padres a rehusar un tratamiento inútil. Sin embargo
se han dado un buen número de casos en los que el hospital ha rechazado la
decisión de los padres y ha recurrido a los jueces para obtener la autorización.
Caso Quinlan: "En 1975, la joven Karen Ann Quinlan, de 21 años, sufrió un
colapso (por sobredosis de drogas y alcohol) y entró en un coma profundo que la
llevó al síndrome vegetativo persistente. No recuperó su estado de conciencia y
fue mantenida en vida mediante un respirador y alimentación intravenosa por
muchos meses. Si bien había sufrido la muerte de su corteza cerebral, sus
funciones vegetativas estaban intactas. Esto implicaba que su caso no reunía
los criterios de muerte cerebral. Por lo que a pesar de que los médicos
reconocían que jamás se recuperaría, se negaban a acceder al pedido de los
padres de desconectar el respirador artificial que la mantenía con vida. En
1976, la corte de Nueva Jersey falló por unanimidad y decidió aceptar el pedido
de desconexión. Continuó así por diez años más y finalmente murió en 1.986.
Caso Parodi: En la Argentina, casi veinte años después, el caso Parodi sentó
jurisprudencia en relación con el derecho de los pacientes a rechazar un
tratamiento médico, aún cuando la negativa conlleve un riesgo de muerte. "En
1995, el juez Pedro Hooft, de Mar del Plata, falló en favor de este paciente
diabético que se negaba a que le amputaran una pierna gangrenada que ponía en
peligro su vida".
Caso Nancy Cruzan: En 1983, víctima de un accidente de tránsito, esta joven de
25 años entró en coma irreversible; como su tronco encefálico se hallaba
intacto, Nancy era capaz de seguir respirando sin necesidad de ser ventilada.
Carecía sin embargo de la posibilidad de alimentarse, por lo que los médicos
decidieron darle de comer mediante un tubo que se conectaba directamente con su
estómago. Ese destino no era el que los padres de Nancy deseaban para su hija,
por lo que acudieron al tribunal. El problema era que no sólo no reunía los
criterios de muerte cerebral, sino que estaba incapacitada para expresar su
voluntad que, según sus padres, hubiera sido poner fin a su existencia.
El
juicio duró años, hasta que antiguos amigos de Nancy recordaron que les había
dicho cosas que sugerían que desearía morir si estuviera en una situación
semejante. El tribunal aceptó entonces que había pruebas claras y convincentes
de que su deseo era que no la mantuvieran viva en ese estado y permitió que le
retiraran el tubo de alimentación.
Cuando Nancy murió, habían pasado casi ocho años desde el día del accidente.
XV- LA RELIGIÓN DE
POR MEDIO
La cuestión en el catolicismo:
El tema de la eutanasia se plantea como un dilema ético con
fuertes raíces en valores religiosos y en concepciones de la vida humana.
Los
ateos y agnósticos (personas que no creen en D’s, ni en la vida después de la
muerte) son quienes están más de acuerdo con la aplicación de la eutanasia.
Aunque la mayoría de éstos sostienen que la muerte física debería significar el
fin de la existencia, casi seis de cada diez de ellos preferirían que le
aplicaran la eutanasia antes que someterse a un tratamiento doloroso.
La
actitud de quienes se definen como católicos o cristianos es relativamente
distinta a la de los ateos o agnósticos.
La
creencia en la vida después de la muerte no parece estimularlos para que quieran
apresurar el fin de la vida terrenal.
Lejos de ello, los valores cristianos de resignación frente al sufrimiento, y la
idea de que muerte asistida –propia o ajena- constituye pecado, parece
prevalecer entre católicos y cristianos.
La
mayoría de ellos está en desacuerdo con la eutanasia en cualquier nivel.
De
cualquier modo, hay algunas situaciones en las cuales las diferencia entre
quienes están a favor y en contra son relativamente pequeñas.
Tanto entre católicos como entre cristianos uno de cada cinco (21% y 19%
respectivamente) estaría dispuesto incluso a ayudar a un familiar cercano a
terminar con su vida.
La
opinión en el judaísmo: El judaísmo prohíbe la eutanasia y considera todas las
formas de eutanasia activa como asesinato. Es válido aún si el paciente pide ser
muerto. Porque el cuerpo, para esta religión, pertenece a D’s, el paciente no
tiene el derecho al suicidio o a conseguir ayuda para sí mismo y quien presta
ayuda comete asesinato. Ningún ser humano tiene derecho a destruir o aun dañar
la propiedad de D’s.
Pero el paciente tiene el derecho de rogar a D’s que le permita morir, porque
El, a diferencia de los seres humanos, tiene el derecho de destruir su
propiedad. Por otra parte el judaísmo permite la eutanasia pasiva en
circunstancias específicas y actualmente son esas circunstancias las de extremo
interés médico.
Se
deduce a partir de algunas citas talmúdica que no debe prolongarse
artificialmente la vida de un paciente terminal. El Sefer Jasidim –libro básico
de ética de la judería europea, escrito en el Siglo XIII- prohibe toda acción
que pueda prolongar la agonía y prohíbe llorar a los que atienden al paciente,
por temor a que el ruido devuelva el alma al muerto. De acuerdo a algunas
autoridades, aun los medicamentos que puedan retardar la partida del alma, deben
usarse.
Hoy, la tecnología corriente permitiría mantener los latidos y las funciones
renales y pulmonares por medios mecánicos. La cuestión que surge es cuándo
termina la obligación y cuándo el permiso para dejar que la naturaleza comience
su curso.
Las
autoridades disienten. Todas están de acuerdo en que se puede permitir que la
naturaleza tome su curso cuando la persona se vuelve un moribundo. Aunque varían
las definiciones de ese estado, lo más conveniente es limitarlo a la situación
en que los medios médicos son utilizados y sin embargo los médicos manifiestan
la inminencia de la muerte. Otros precisarían un permiso más amplio.
Pero hay un acuerdo general, en que un judío no necesita medidas heroicas para
mantener su vida, sino sólo las medicinas y procedimientos de que se dispone en
la época y lugar de la persona
XVI-
CONCLUSION
Dada la complejidad de los dilemas bioéticos y las encrucijadas que plantea la
toma de decisiones acerca del final de la vida, tanto para el paciente y su
familia como para el médico, hay que recalcar la importancia de no caer en
generalizaciones y de estudiar y valorar cada caso individual, con sus
circunstancias vitales, historia particular y tipo de enfermedad. Las decisiones
rara vez son entre blanco y negro; generalmente se ubican en algún punto de una
extensa gama de grises, y para acertar se requiere inteligencia, conocimiento,
tacto, empatía y respeto por la dignidad humana y por la autonomía del enfermo y
del médico, además de una buena dosis de compasión y sensibilidad. Hay que tener
también la flexibilidad suficiente para replantear tal decisión una vez más
mañana, de acuerdo con las circunstancias.
Luego de haber desarrollado el tema en profundidad puedo corroborar que
prolongar la vida a cualquier costo, sometiendo al paciente a sufrimientos
terribles sólo por mantenerla un tiempo más, es una práctica que atenta contra
la vida y la dignidad. El Juramento hipocrático, manda al médico a poner todo su
esfuerzo para salvar la vida humana, prohibiéndole expresamente provocar la
muerte o dañar a su paciente. En síntesis su obligación es intentar salvarle la
vida.
Pero, cuando hablamos de mantener, de respetar o salvar la vida, debemos
preguntarnos ¿qué entendemos por vida?, especialmente ¿qué entendemos por vida
humana?.
Sabemos de la existencia en todo el mundo de pacientes que viven, pero lo hacen
sólo gracias al apoyo artificial que reciben, que están reducidos a una
condición animal, o peor aún, a una condición vegetal. Han perdido la noción de
sí mismos y la capacidad de relacionarse con el prójimo.
Como dije en el comienzo muerte y vida van de la mano no pueden disociarse. El
derecho a la vida, a una buena vida, ¿no se integra también con el derecho a la
muerte, a una buena muerte?
Por
todo le expuesto verifico la hipótesis.
XVII- BIBLIOGRAFÍA
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